El ENRE elevó sin observaciones el dictamen técnico por la compra-venta de EDENOR a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia
El análisis realizado determinó que la operación respeta los límites establecidos en el marco regulatorio.
A través de la Resolución ENRE N° 207/2021, el ENRE elevó a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia el dictamen técnico no vinculante sobre la operación de compra de acciones Clase A de EDENOR.
En virtud del análisis regulatorio realizado, no se observaron hechos que configuren violaciones a las limitaciones establecidas en los artículos 30, 31 y 32 de la Ley N° 24.065 y su Decreto Reglamentario, así como incompatibilidades previstas en los pliegos de concesión de la empresa.
En este sentido, el análisis realizado por el ENRE comprendió los aspectos sectoriales, como la integración vertical y horizontal, y eventuales situaciones que pudieran derivar en abuso de posición dominante. Por otra parte, en el marco de lo establecido por la Ley N° 25.156, es la CNDC quien debe decidir sobre la operación.
Asimismo, la Interventora del Ente Soledad Manín instruyó al Área de Auditoria Económico-Financiera y Revisión Tarifaria a realizar una investigación sobre la infructuosa operación inmobiliaria de compra de oficinas realizada en noviembre de 2015. Se trata de determinar si existió daño al patrimonio de la concesión y, eventualmente, establecer el grado de responsabilidades de Pampa Energía en su carácter de operador de la concesión y de asesor financiero integral de EDENOR.
Desde el Ente Nacional Regulador de la Electricidad continuamos trabajando con el objetivo de velar y promover la correcta operación, confiabilidad y desarrollo armonioso del sistema.