Recientes – La Pampa establece nuevo procedimiento para reclamos eléctricos
En un paso clave para la defensa de los derechos de los usuarios y usuarias de energía eléctrica, la Secretaría de Energía y Minería de La Pampa aprobó el “Procedimiento para la Sustanciación de Reclamos de los Usuarios y Usuarias del Servicio de Energía Eléctrica”. Este marco normativo fue oficializado mediante la Resolución N° 162/24, publicada en el último Boletín Oficial, y busca ofrecer una vía administrativa clara y accesible para canalizar quejas relacionadas con el suministro eléctrico.
La medida contempla un amplio espectro de situaciones: desde fallas en el servicio o problemas con la conexión, hasta disputas sobre facturación, medición y generación distribuida. Además, regula aspectos vinculados con la aplicación de cuadros tarifarios, brindando a los usuarios un procedimiento confiable y expedito para presentar sus reclamos.
La norma
Según lo establecido en la norma, el reclamo debe presentarse inicialmente ante la distribuidora eléctrica dentro de los 30 días hábiles posteriores a la detección de la irregularidad. En caso de no recibir respuesta o de que esta no satisfaga las expectativas del reclamante, se podrá elevar el caso ante la Autoridad de Aplicación, con un plazo adicional de 90 días para hacerlo. Luego, la Autoridad de Aplicación dispondrá de 60 días hábiles para dictaminar, con la posibilidad de una prórroga si la situación resulta especialmente compleja.
El procedimiento se fundamenta en los principios del debido proceso, lo que garantiza el derecho de las personas usuarias a ser escuchadas y a presentar pruebas. Para los casos de vulnerabilidad, la normativa exige aplicar ajustes razonables que aseguren la igualdad de condiciones durante todo el trámite. Asimismo, se contempla la posibilidad de realizar audiencias de conciliación, de carácter confidencial, con el fin de promover soluciones amigables.
Por último, la resolución prevé sanciones para las empresas que incumplan con estas disposiciones, en consonancia con lo establecido por la Ley Provincial Nº 3285.