Electricidad: Se incrementó el tope de consumo subsidiado de los usuarios de nivel 3 de Mendoza
La decisión se extenderá hasta el 31 de agosto y está relacionada con las bajas temperaturas y el aumento del nivel 3 de uso de los usuarios.
Mediante la Resolución 576/2023, que fue publicada esta mañana en el Diario Oficial, la Secretaría de Energía incrementó el subsidio máximo mensual para quienes habitan en las denominadas «zonas frías», como Mendoza, y que son catalogadas como poseedoras ingresos por debajo del nivel de la clase media de 400 a 800 kilovatios.
Es decir, hasta ese momento se aplicarán las tarifas del Nivel I (Low Inflow) y sobre ese monto aplica la tarifa completa.
“Establécese que, a partir del 1° de junio de 2023 y hasta el 31 de agosto de 2023, para la demanda residencial de energía eléctrica (…) que no tengan acceso al servicio de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes, y se encuentren en las regiones, provincias, departamentos y localidades de las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, correspondiente al (…) Régimen de Zona Fría, y cuya vivienda se haya categorizado en el Nivel 3 – Ingresos Medios – (…), se le aplicarán los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEM definidos para el Nivel 1″, reza la Resolución.
“Para los consumos de energía eléctrica entre CUATROCIENTOS (400) y OCHOCIENTOS (800) kWh/mes de los usuarios y usuarias de energía eléctrica caracterizados en los Artículos 1° y 2° de la presente resolución, se le aplicarán, a partir del 1° de junio de 2023 y hasta el 31 de agosto de 2023, los POTREF y el PEE en el MEM y en el MEMSTDF definidos para el Nivel 3 Demanda Distribuidor RESIDENCIAL, establecidos actualmente en la Resolución N° 323/23 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, o la que en el futuro la remplace”, añade ademas.
En julio de 2021 se promulgó la Ley N° 27.637, que deroga el mencionado artículo de la Ley N° 25.565, ampliando el grupo de personas naturales que pueden acogerse al Régimen de Zona Frera (RZF), sistema cuyo mecanismo de financiamiento permite la resolución de tarifas diferenciales para los mencionados servicios de gas en las regiones de la Patagonia, Puna y Malargüe.
La expansión abarca áreas con bajas temperaturas que el RZF activo no pudo encontrar.
La Ley establece que las tarifas tarifarias diferenciales para clientes residenciales alcanzadas por el Régimen serán iguales al setenta por ciento (70%) de las tarifas planas fijadas por el ENARGAS, con excepción de los clientes residenciales que cumplan con alguno de los requisitos de elegibilidad establecidos para alcanzar socioeconómicamente clientes vulnerables, a quienes se les aplicará una tarifa igual al cincuenta y cinco por ciento (65%).
La provincia de Mendoza cuenta con un departamento a partir de 2021 gracias a la sanción de la Ley N° 25.565. Se agregaron 17 como resultado de la expansión de la Zona Fra.
El número de usuarios y usuarios residenciales alcanzados por el régimen es de 419.904, de los cuales se sumaron 413.025 como consecuencia de la prórroga de la ley. Se han llegado a 198.525 usuarios y usuarias gracias a un 30% de descuento sobre el precio total.
Se han llegado a 214.500 usuarios y usuarias gracias a un 50% de descuento sobre el precio total. Se aclara que la información proporcionada sobre los usuarios alcanzados por la Ley N° 27637 se refiere a los beneficiarios informados por los prestadores de servicios a través del SARI y se basa en información a marzo de 2022.